Pero si la prensa tiene el derecho de no revelar sus fuentes, ¿cómo haría el Poder Judicial -de aprobarse este proyecto- para acusar a jueces o fiscales, si no tendrán forma de saber la fuente? ¿Obligarán al periodista a revelarla? Es ilegal.
Secreto profesional absoluto
Comprende el derecho de los periodistas a guardar sigilo incondicionalmente sobre la identidad de sus fuentes informativas ante el director de la empresa, las autoridades administrativas, parlamentarias y judiciales.
Este tipo es el que recoge la ley de los siguientes estados: Alemania, Argentina, Austria, Bolivia, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Estados Unidos (California, Indiana, Minnesota, Nebraska, Nueva York), Estonia, Finlandia, Haití, Indonesia, Italia, Lituania, Macedonia del Norte, Malasia, Mozambique, Nigeria, Paraguay, Perú, Portugal, Uruguay, Venezuela, Yemen, entre otros.
Comprende el derecho de los periodistas a guardar sigilo incondicionalmente sobre la identidad de sus fuentes informativas ante el director de la empresa, las autoridades administrativas, parlamentarias y judiciales.
Este tipo es el que recoge la ley de los siguientes estados: Alemania, Argentina, Austria, Bolivia, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Estados Unidos (California, Indiana, Minnesota, Nebraska, Nueva York), Estonia, Finlandia, Haití, Indonesia, Italia, Lituania, Macedonia del Norte, Malasia, Mozambique, Nigeria, Paraguay, Perú, Portugal, Uruguay, Venezuela, Yemen, entre otros.
El Tribunal Constitucional Federal ha dejado claro que los periodistas no están sujetos a enjuiciamiento si reciben datos "filtrados". El tribunal no admitió formalmente una denuncia constitucional contra el delito de sustracción de datos. Según Reporteros sin Fronteras (RSF), la legislatura debe, por lo tanto, hacer mejoras y crear más seguridad jurídica. Sin embargo, RSF acoge con satisfacción el razonamiento del tribunal, que deja claro que el párrafo de datos robados no debe criminalizar a los periodistas y reporteros.
La Sociedad por los Derechos de la Libertad (GFF) presentó la demanda en 2017 en nombre de RSF, netzpolitik.org y siete periodistas y blogueros, quienes regularmente realizan investigaciones investigativas utilizando datos filtrados. Entre ellos se encuentran los editores de netzpolitik.org Markus Beckedahl y Andre Meister, los periodistas de investigación Peter Hornung (NDR) y Hajo Seppelt (ARD) y los periodistas de TI Holger Bleich, Jürgen Schmidt (c't) y Matthias Spielkamp, directores generales. de AlgorithmWatch y miembro de la junta de RSF.
“Si los periodistas aceptan datos filtrados, no están sujetos a enjuiciamiento. Por lo tanto, la decisión del Tribunal Constitucional Federal es un éxito”, dijo el director gerente de RSF, Christian Mihr. “Las declaraciones de la Cámara tienen un efecto de señal y dejan en claro que el párrafo de datos robados no debe interpretarse de tal manera que se criminalicen partes importantes del trabajo de los periodistas y reporteros de investigación y sus informantes. Esperamos claridad adicional de los procedimientos que aún están pendientes en el Segundo Senado. Al mismo tiempo, hacemos un llamado al legislador para que mejore la redacción de la disposición en aras de la libertad de prensa y así crear más seguridad jurídica, tanto para el trabajo de los periodistas de investigación como para sus asistentes y fuentes”.
El artículo 202d del Código Penal, introducido en 2015, sanciona el tratamiento de datos obtenidos previamente de forma ilícita. De acuerdo con la intención del legislador, la norma debe combatir principalmente el comercio de tarjetas de crédito o datos de usuarios robados. Sin embargo, debido a la redacción imprecisa de la ley, también registra la adquisición, transferencia y difusión de datos almacenados electrónicamente transmitidos por los denunciantes. También debido a las críticas masivas de las asociaciones de prensa, el Bundestag decidió una excepción para los profesionales de los medios. Sin embargo, limitó esto a las acciones profesionales con las que se reciben, evalúan o publican datos.
Según el Tribunal Constitucional Federal, "es imperativo que se apunte a una exclusión integral de las actividades periodísticas". El objetivo de la exclusión de hechos es que un acto periodístico no sea punible aunque la investigación sea posiblemente infructuosa y el resultado no se publique.
Los recursos de inconstitucionalidad de otros tres querellantes fueron separados del proceso y aún se encuentran en trámite en la Segunda Cámara del Tribunal Constitucional Federal. Estos incluyen al presidente de GFF, el Dr. Ulf Buermeyer, así como un abogado y un experto en TI, quienes asesoran regularmente a los medios de investigación. La GFF espera que la decisión pendiente aclare que los asistentes periodísticos tampoco están amenazados de enjuiciamiento.
Los denunciantes fueron recibidos en Karlsruhe por el Prof. Dr. Katharina de la Durantaye (FU Berlín) y el abogado de Colonia y abogado defensor Dr. Nikolaos Gazeas, quien junto con Jun.-Prof. dr. Sebastian J. Golla (Universidad Ruhr Bochum) escribió la demanda constitucional. Fueron apoyados por Sebastian Thess (HU Berlín) y el Derecho de Internet de la Clínica Jurídica Humboldt (HLCI).
Reporteros Sin Fronteras
