A continuación, se detallan las vías de intervención de la FIFA ante los hechos denunciados contra los exjugadores de Alianza Lima en febrero de 2026:
1. Aplicación del Código de Ética
La FIFA actualizó su Código de Ética para incluir sanciones severas contra el acoso y el abuso sexual.
El código se aplica a cualquier conducta que dañe la integridad y reputación del fútbol, incluso si ocurre fuera del terreno de juego.
Sanciones: Si la Comisión de Ética independiente determina una vulneración, puede imponer la inhabilitación de por vida para ejercer cualquier actividad relacionada con el fútbol (administrativa, deportiva o de otra índole).
2. Apertura de Expediente de Oficio
La Comisión Disciplinaria de la FIFA puede actuar "ex officio" (por iniciativa propia) sin necesidad de una denuncia de terceros si considera que los hechos afectan los valores del deporte.
En este caso, la FIFA suele monitorear el avance de las investigaciones penales en Uruguay y Argentina antes de emitir una resolución definitiva.
3. Mecanismos de Denuncia Directa
La FIFA dispone de un Portal de Denuncias confidencial específicamente diseñado para casos de "Abuso, acoso, desatención o explotación".
3. Mecanismos de Denuncia Directa
La FIFA dispone de un Portal de Denuncias confidencial específicamente diseñado para casos de "Abuso, acoso, desatención o explotación".
Cualquier persona afectada o con conocimiento de los hechos puede reportarlos directamente al organismo internacional para que inicie una investigación interna paralela a la judicial.
4. Limitaciones de su Intervención
Es importante distinguir entre la justicia penal y la deportiva:Justicia Penal: Es la única que puede imponer penas de cárcel. Las autoridades en Montevideo lideran esta investigación.
Justicia FIFA: Solo impone sanciones deportivas y administrativas. No puede sustituir el proceso penal estatal, pero sí puede sancionar a los jugadores basándose en sus propios estándares de conducta, independientemente de si hay una condena penal inmediata.
