La responsabilidad del periodista con el público tiene prioridad sobre su centro de trabajo o medio de comunicación y también sobre las autoridades públicas. Así pude ser Editor de La Rotativa del Aire de Radio Programas del Perú y Director de Prensa de Radio Cadena. Hablamos antes de los 90’s. El periodismo es una profesión, que necesita de tiempo, recursos y facilidades para lograr cumplir con su misión de informar.
Ahora, el que usted ve, lee o escucha no es periodista profesional. Es otra cosa. El respeto a la verdad, los conflictos de intereses existentes en la labor en este campo, la protección de las fuentes y la discriminación son los más importantes aportes del preámbulo de la Carta. La verdad es la que ellos quieren, los conflictos de intereses no importan, tiempo, recursos y facilidades son sólo sueños.
La FID, fundada en París en 1926, recoge en este nuevo documento no sólo las obligaciones profesionales establecidas en 1954, sino también incluye los derechos de los periodistas. El periodista peruano debe saber que tiene el respaldo de esta Carta Mundial y debe ser respetada y obedecida por el público, las autoridades y los dueños de los medios de comunicación. Sin embargo, nuestra nación se caracteriza porque ser un verdadero periodista es ser indeseable.
En resumen, La Carta señala “el derecho de toda persona a tener acceso a la información y a las ideas, recogido en el Artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, es la base de la misión del periodista. Hace años el periodista ya no tiene esos derechos. El acceso a la información y a las ideas son utopías. De acuerdo con este deber, el periodista defenderá, en todo momento, el doble principio de la libertad de investigar y de publicar con honestidad la información, la libertad de comentario y de crítica, así como el derecho a comentar equitativamente y a criticar con lealtad. Se asegurará de distinguir claramente la información de la opinión. Es un chiste leer esto si quieres ser un verdadero periodista en Perú.
No informará sino sobre hechos de los cuales conozca el origen, no suprimirá informaciones esenciales y no falsificará documentos. Será cuidadoso en el uso de los comentarios y documentos publicados en las redes sociales y no utilizará métodos desleales para obtener información, imágenes, documentos o datos. “El violador de esta pobre mujer…” Somos periodistas, no jueces. Es secreto profesional periodístico el reconocimiento del derecho del periodista a no revelar toda la información, o la manera en que ha sido conseguida, para proteger a las fuentes, a sí mismo y a su ejercicio profesional. No significa únicamente que el periodista decida no publicar algunos datos, sino que supone la posibilidad de ocultarlos si lo considera necesario.
No debe utilizar la libertad de prensa en beneficio de intereses de terceros y debe abstenerse de recibir cualquier provecho por la difusión o no difusión de información. Evitará, o pondrá fin, a cualquier situación que pueda dar lugar a un conflicto de intereses en el ejercicio de su profesión. Evitará cualquier confusión entre su actividad como periodista y la de la publicidad o propaganda. Se abstendrá de cualquier forma de abuso de información privilegiada y manipulación del mercado.
Los periodistas profesionales no sólo nos comunicamos dentro de los parámetros y normas de la ética de nuestra actividad, sino además conocemos las leyes nacionales y tratados internacionales que amparan el trabajo que desempeñamos.
Al menos, en mi caso, la tengo clara qué significa difamar, injuriar o calumniar, pero el valor de arriesgarse a ser denunciado es mayor, si el asunto es investigar a personas o instituciones públicas para dar a conocer delitos no interceptados por las autoridades. La Sociedad Interamericana de Prensa SIP se ha dirigido muchas veces al Poder Judicial y al Gobierno de Perú para que se detenga de una vez por todas la tendencia absurda de penalizar las opiniones, contraviniendo normas y jurisprudencias vigentes, que se deben cumplir sobre las libertades de prensa y opinión.
La FID, fundada en París en 1926, recoge en este nuevo documento no sólo las obligaciones profesionales establecidas en 1954, sino también incluye los derechos de los periodistas. El periodista peruano debe saber que tiene el respaldo de esta Carta Mundial y debe ser respetada y obedecida por el público, las autoridades y los dueños de los medios de comunicación. Sin embargo, nuestra nación se caracteriza porque ser un verdadero periodista es ser indeseable.
En resumen, La Carta señala “el derecho de toda persona a tener acceso a la información y a las ideas, recogido en el Artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, es la base de la misión del periodista. Hace años el periodista ya no tiene esos derechos. El acceso a la información y a las ideas son utopías. De acuerdo con este deber, el periodista defenderá, en todo momento, el doble principio de la libertad de investigar y de publicar con honestidad la información, la libertad de comentario y de crítica, así como el derecho a comentar equitativamente y a criticar con lealtad. Se asegurará de distinguir claramente la información de la opinión. Es un chiste leer esto si quieres ser un verdadero periodista en Perú.
No informará sino sobre hechos de los cuales conozca el origen, no suprimirá informaciones esenciales y no falsificará documentos. Será cuidadoso en el uso de los comentarios y documentos publicados en las redes sociales y no utilizará métodos desleales para obtener información, imágenes, documentos o datos. “El violador de esta pobre mujer…” Somos periodistas, no jueces. Es secreto profesional periodístico el reconocimiento del derecho del periodista a no revelar toda la información, o la manera en que ha sido conseguida, para proteger a las fuentes, a sí mismo y a su ejercicio profesional. No significa únicamente que el periodista decida no publicar algunos datos, sino que supone la posibilidad de ocultarlos si lo considera necesario.
No debe utilizar la libertad de prensa en beneficio de intereses de terceros y debe abstenerse de recibir cualquier provecho por la difusión o no difusión de información. Evitará, o pondrá fin, a cualquier situación que pueda dar lugar a un conflicto de intereses en el ejercicio de su profesión. Evitará cualquier confusión entre su actividad como periodista y la de la publicidad o propaganda. Se abstendrá de cualquier forma de abuso de información privilegiada y manipulación del mercado.
Los periodistas profesionales no sólo nos comunicamos dentro de los parámetros y normas de la ética de nuestra actividad, sino además conocemos las leyes nacionales y tratados internacionales que amparan el trabajo que desempeñamos.
Al menos, en mi caso, la tengo clara qué significa difamar, injuriar o calumniar, pero el valor de arriesgarse a ser denunciado es mayor, si el asunto es investigar a personas o instituciones públicas para dar a conocer delitos no interceptados por las autoridades. La Sociedad Interamericana de Prensa SIP se ha dirigido muchas veces al Poder Judicial y al Gobierno de Perú para que se detenga de una vez por todas la tendencia absurda de penalizar las opiniones, contraviniendo normas y jurisprudencias vigentes, que se deben cumplir sobre las libertades de prensa y opinión.
